SII refuerza control al uso indebido de facturas en supermercados y restaurantes

El Servicio de Impuestos Internos (SII) refuerza el control sobre el uso de facturas en supermercados y restaurantes con una nueva normativa que busca prevenir la evasión tributaria. Este esfuerzo busca garantizar que estos documentos sean utilizados exclusivamente para transacciones relacionadas con el giro o actividad económica de los contribuyentes, reafirmando su compromiso con la equidad tributaria y el cumplimiento de la ley.
Restricciones en supermercados y restaurantes
La normativa establece que en supermercados no se emitirán facturas para bienes o servicios de consumo personal. Asimismo, en restaurantes, la emisión de facturas estará restringida únicamente a consumos vinculados a actividades económicas, como almuerzos de negocios o cenas corporativas. En ambos casos, los compradores deberán presentar su Cédula RUT Electrónica (e-RUT), la cédula de identidad y justificar el motivo del consumo, el cual deberá reflejarse detalladamente en la factura.
Medidas de control interno
Para garantizar el cumplimiento de estas disposiciones, los establecimientos deben implementar procedimientos internos que aseguren que las facturas sean emitidas únicamente cuando se cumplan los requisitos estipulados. Además, deben informar al público mediante carteles visibles sobre estas nuevas obligaciones.
Los supermercados que operen con más de 10 cajas podrán destinar solo un 10% de ellas a la emisión de facturas. En establecimientos más pequeños, se habilitará una única caja para este propósito, la cual también podrá emitir boletas. Sin embargo, los supermercados que atiendan mayoritariamente a minoristas no estarán sujetos a estas restricciones.
Verificación de identidad y registro
Los encargados de emitir facturas deben:
- Solicitar la presentación del e-RUT, ya sea impreso o en formato digital.
- Verificar la identidad del portador mediante la cédula de identidad.
- Registrar el RUT del portador autorizado en la factura.
Estas medidas buscan fortalecer el control de uso de facturas y evitar que las facturas sean utilizadas para evasión tributaria.
Sanciones por incumplimiento
La resolución establece severas sanciones para quienes no cumplan con estas disposiciones. Los supermercados y restaurantes que emitan documentos tributarios de forma indebida podrán enfrentar multas que van desde el 50% al 500% del monto de la operación, con un mínimo de 2 UTM y un máximo de 40 UTA. Además, podrán ser clausurados por un periodo de hasta 20 días.
Por su parte, los compradores que soliciten facturas cuando no corresponda podrán ser multados con hasta 20 UTM. Estas sanciones refuerzan el mensaje de que el cumplimiento tributario es una responsabilidad compartida entre contribuyentes y comercios.
Un llamado a la responsabilidad
La aplicación de esta normativa exige un compromiso tanto de los establecimientos como de los consumidores. Los supermercados y restaurantes deben capacitar a su personal y adoptar medidas de control rigurosas, mientras que los contribuyentes deben actuar con responsabilidad y solicitar los documentos tributarios que correspondan.
Invitamos tanto a los establecimientos comerciales como a los consumidores a informarse sobre esta normativa y sus implicancias. Un adecuado conocimiento y cumplimiento no solo evitará sanciones, sino que también contribuirá al fortalecimiento de una cultura tributaria responsable. Consulte fuentes oficiales o contáctenos para obtener orientación y asegurar el cumplimiento con estas disposiciones.


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