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La Dirección del Trabajo emite dictamen sobre la reducción de la jornada laboral

La DT emite dictamen (N°236/9, 19/04/2024) sobre reducción gradual de jornada laboral para trabajadoras de casa particular. Destaca progresión hasta 40 horas semanales para 2028, consideración de horas extraordinarias y días adicionales remunerados.

En medio de un contexto marcado por cambios significativos en la normativa laboral, la Dirección del Trabajo (DT) ha emitido un relevante dictamen respecto a la reducción de la jornada laboral. Este dictamen, de suma importancia para el desarrollo de las relaciones laborales en el país, establece pautas y directrices claras para la implementación gradual de la reducción de la jornada de trabajo, en consonancia con las disposiciones legales vigentes.

El dictamen, identificado bajo el número 236/9 y emitido el 19 de abril de 2024, aborda diversos aspectos relevantes en relación con la reducción de la jornada laboral de las personas trabajadoras de casa particular que no residen en la casa del empleador, conocidas también como «puertas afuera». Destacan entre las disposiciones principales las siguientes:

  1. Reducción gradual de la jornada de trabajo: Se establece que la reducción de la jornada de trabajo se llevará a cabo de manera progresiva, iniciando el día 26 de abril de 2024 y extendiéndose hasta el 26 de abril de 2028, alcanzando en esta fecha las 40 horas semanales.
  2. Consideración de horas extraordinarias: A partir de la entrada en vigor de la modificación introducida al artículo 149 del Código del Trabajo el día 26 de abril de 2024, se considerarán como horas extraordinarias aquellas que se trabajen en exceso de la jornada pactada, en ausencia de un pacto expreso para disponer de la bolsa semanal de 12 horas.
  3. Días adicionales remunerados: Desde el 26 de abril de 2024, las personas trabajadoras de casa particular que residan en la casa del empleador tendrán derecho a disponer de dos días adicionales remunerados cada mes calendario, sin necesidad de modificar sus contratos.
  4. No aplicación de jornadas excepcionales: Se enfatiza que no corresponde aplicar una jornada excepcional distinta a las establecidas en el Capítulo V del Libro I del Código del Trabajo, sobre el Contrato Especial para Trabajadores de Casa Particular y sus modificaciones introducidas por la Ley N°21.561, que busca reducir la jornada laboral.

Este dictamen ha generado debate y controversia en diversos sectores, especialmente en el contexto de la implementación de la primera reducción de las horas trabajadas en la semana, de 45 a 44 horas, y la preparación para las siguientes reducciones hasta alcanzar las 40 horas semanales en 2028. La DT ha respaldado firmemente su posición, destacando la técnica jurídica empleada en la emisión de este dictamen y expresando su disposición a acompañar el proceso de implementación de la reducción de la jornada laboral de manera adecuada y conforme a la ley.

En este sentido, es fundamental destacar el compromiso de la DT con el cumplimiento de la normativa laboral y el respeto a los derechos de los trabajadores, así como su disposición a resolver dudas e inquietudes que surjan en torno a esta importante temática. Se espera que este dictamen contribuya a establecer un marco claro y sólido para la implementación de la reducción de la jornada laboral en el país, promoviendo relaciones laborales justas y equitativas en beneficio de todos los actores involucrados.

Hi, I’m isabel maldonado

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